Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0318/2005-R
Fecha: 07-Abr-2005
II.3.
II.3. Con dicho actuado procesal se notificó personalmente al recurrente y a la representación legal del Ministerio Público, respecto a los recurridos, cursa una nota marginal por la que consta que el 24 de febrero de 2005, se entregó cuatro órdenes instruidas al abogado del recurrente, Edwin Reyes Rodríguez (fs. 47 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- fs. 79 a 81
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- ningún informe
- fs. 90 a 94
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- citación personal o por cédula en la oficina de la autoridad demandada
- 0005/2005-R, de 3 de enero,
- acto procesal que tiene por finalidad, que la autoridad demandada comparezca a la audiencia, a objeto de prestar su informe y aportar los elementos probatorios de descargo que considere pertinentes
- III.2.
- ANULAR OBRADOS