SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0370/2005-R
Fecha: 13-Abr-2005
I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
El recurrido, Juez Quinto de Partido en Materia Civil y Comercial, de fs. 360 a 361 informó que en su despacho se inició un proceso sobre reconocimiento y ejecución del Laudo Arbitral 014/2001, seguido por COTAS Ldta. contra la Boliviana Ciacruz Seguros Personales S.A., por el cobro de $US306.000.-. Por proveído de 24 de mayo de 2002 admitió la demanda, en cuyo mérito la Entidad aseguradora se opuso a la ejecución, razón por la cual por Auto de 28 de junio de 2002 desestimó la acción, porque el Laudo Arbitral de 6 marzo de 2002 y el Auto de aclaración y complementación de 25 de marzo de 2002 no especificaban un monto definitivo -suma líquida y exigible- para proceder a su cobro de acuerdo al art. 57 de la LAC; por lo que no vulneró ninguna disposición legal, solicitando en definitiva la improcedencia del recurso con costas y multa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 2 de octubre de 2004,
- III.2.
- a)
- III.3.
- 2°