SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0370/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0370/2005-R

Fecha: 13-Abr-2005

II.3.

II.3.    Por Auto de 28 de junio de 2002, el Juez recurrido desestimó la ejecución del Laudo Arbitral y su Auto complementario, por no poderse cumplir con su parte resolutiva al no tener los montos una suma líquida y exigible para proceder al cobro de los mismos (fs. 218). Decisión que  notificada a la parte recurrente el 18 de julio de 2002 (fs. 222), la apeló por memorial de  23 de julio de 2002 (fs. 238-241), siendo concedido el recurso de apelación en el efecto suspensivo por Auto de 5 de agosto de 2002 (fs. 245 vta.).