Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0372/2005-R
Fecha: 14-Abr-2005
II.3.
II.3. El 17 de agosto de 2004, el Fiscal Policial requiere por el inicio de investigación y se cite formalmente a los denunciados a objeto de que presten su declaración informativa al día siguiente de su legal citación asistidos de su abogado (fs. 3); habiendo el Director Departamental de Responsabilidad Profesional pasado el requerimiento a conocimiento del asignado al caso para su cumplimiento (fs. 3 vta.).