Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0372/2005-R
Fecha: 14-Abr-2005
II.5.
II.5. El 1 de septiembre de 2004, Esteban Alave Arias y Leopoldo Joaquín Vela Aranibar, solicitaron la anulación de obrados porque -según argumentaron los denunciados- existe vulneración y conculcación de la garantía del debido proceso, y piden su inhibitoria por existir un doble encausamiento (fs. 4 y 5); el 14 de septiembre, el Fiscal Policial rechazó la nulidad de obrados e inhibitoria formulada en razón a que ambos procesos tienen finalidad diferente (fs. 6).