SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0372/2005-R
Fecha: 14-Abr-2005
II.6.
II.6. El 15 de septiembre de 2004, el Fiscal Policial acusó formalmente ante el Presidente y Vocales del Tribunal Disciplinario Departamental al denunciado Esteban Alave Arias por faltas graves previstas en el art. 6 inc. “B” numeral 20 (cometer actos ilegales que signifiquen abuso de autoridad y que origen daño moral o material en perjuicio de terceros o de la Institución) e inc. “C” numeral 11 (no registrar el arma de fuego adquirida adicionalmente al reglamento) del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones, sancionados por el art. 20 incs. b) y c) del mismo Reglamento, que establecen que los encausados son pasibles a pasar a situación de disponibilidad de la letra “B” de uno a dos años con pérdida de antigüedad, y a retiro temporal del servicio de seis meses a un año, con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes (fs. 7 y 8).