SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0400/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0400/2005-R

Fecha: 19-Abr-2005

1)

El abogado de la recurrida Arsenia Mercado, manifestó en audiencia lo siguiente: 1) la Comunidad Azedero es una comunidad antigua donde su defendida tiene asentamiento desde tiempo de sus padres, juntamente a otras familias como  los Machua y Olmos que también han sido demandados en el presente recurso; cuando se promulgó la “Ley de Reforma Agraria” una persona se hizo dotar de esas tierras incluyendo a  todos los miembros de la Comunidad Azedero, y sólo algunos de ellos lograron que se les reconozca su posesión y otros quedaron fuera del proceso de dotación como fue el caso de su cliente, sin embargo, su posesión ya era antigua y permanente; y c) las tomas fotográficas presentadas por el recurrente corresponden a las posesiones de su defendida y con ellas quieren justificar un asentamiento que nunca tuvieron, puesto que los únicos asentados y posesionados son su cliente y las familias Machua y Cortéz, además que la posesión de su defendida jamás ha sido como simple detentador, es ancestral, de buena fe y continuada por más de 60 años, por lo que el recurrente debió acudir ante las instancias correspondientes, el INRA; para que sea esa instancia la que constate  quienes son los verdaderos asentados y posesionados sobre las tierras, y no hacerlo por la vía del presente recurso de amparo, por lo expresado solicitó se declare improcedente el recurso.