Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0400/2005-R
Fecha: 19-Abr-2005
II.3.
II.3. Por registro de propiedad inmueble expedido por Catastro Rural el 2 de abril de 2002 se registró la propiedad el “Remate Azeredo” parcela 2 a favor de Máximo Gutiérrez Guardia; por registros emitidos por la oficina de Derechos Reales en fecha 11 de abril de 2002, se evidencia la existencia de las partidas 7.01.2.02.0002128, 7.01.2.02.0002127, 7.01.2.02.0002130, 7.01.2.02.0002129 a nombre de Máximo Gutiérrez Guardia, sobre distintas parcelas ubicadas en el fundo rústico “Remate Azeredo” (fs. 9, 16, 21 y 25).