SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0510/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0510/2005-R

Fecha: 13-May-2005

improcedente

a)   Si bien es cierto que en el curso de la etapa preparatoria se incurrieron en una serie de anomalías, como el incumplimiento de plazos, la omisión de informarle al actor sobre la denuncia, el informarle a tiempo de su aprehensión respecto a un sólo delito, o la ejecución de un mandamiento caduco, esto no impide visualizar la legalidad de la orden de detención preventiva emanada de la autoridad competente, por lo que no existe detención indebida, conforme determinó la SC 0190/2004-R, por lo que la medida no puede ser observada; además de que el recurrente tuvo el tiempo necesario para interponer sus reclamos por las violaciones mencionadas en su oportunidad en ejercicio de su derecho a la defensa, sin que lo ha haya hecho, dejando precluir los momentos procesales.

b)  La causa se encuentra radicada ante el Tribunal de Sentencia desde el 26 de enero de 2005, quedando saneados y convalidados los actos realizados, no existiendo elemento de convicción suficiente para sostener que las autoridades recurridas incurrieron en vulneración de derechos y garantías, pues obraron conforme a ley.