Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0523/2005-R
Fecha: 12-May-2005
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes solicitan tutela a sus derechos a la seguridad jurídica, a la dignidad, a la defensa y al debido proceso; sin embargo, al haber sido rechazado el presente recurso por el Tribunal de amparo; corresponde en revisión de la Resolución emitida, dilucidar si dicho rechazo se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Resolución que ordena se subsanen omisiones de forma
- I.3. Resolución que señala audiencia de amparo
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1.
- Los requisitos formales son los previstos en los parágrafos I, II y V del art. 97 de la LTC, los que podrán ser subsanados por el recurrente en el plazo mencionado
- II.2.
- después de trece días de dictado el Auto de admisión
- II.3.
- APRUEBA