SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0523/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0523/2005-R

Fecha: 12-May-2005

rechazó

Los recurrentes fueron notificados con ese Auto el 29 de noviembre de 2004, a horas 10:00 (fs. 77 vta.); sin que los mismos presenten memorial alguno, pese a su legal notificación, por lo que a través del Auto 295/2004, de 1 de diciembre, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, rechazó el recurso y dispuso el archivo de obrados, teniendo en cuenta que se observó la demanda por no especificar ni señalar el domicilio real y concreto de las autoridades judiciales demandadas conforme al art. 97.II de la LTC; sin que los recurrentes hubieren cumplido con la omisión extrañada dentro del término previsto por el art. 98 de la LTC (fs. 78).