Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0523/2005-R
Fecha: 12-May-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 295/2004 de fs. 78, pronunciada el 1 de diciembre de 2004 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Justicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Faustino Castillo Morales y Ana Damiana Choque de Castillo; contra Edgar Terrazas Melgar, Oswaldo Céspedes Céspedes y Ramiro Claros Rojas, vocales de la Sala Civil Segunda y, Teresita E. Paz Saucedo, Notaria de Fe Pública, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la dignidad, a la defensa y al debido proceso, previstos en los arts. 6.II, 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Resolución que ordena se subsanen omisiones de forma
- I.3. Resolución que señala audiencia de amparo
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1.
- Los requisitos formales son los previstos en los parágrafos I, II y V del art. 97 de la LTC, los que podrán ser subsanados por el recurrente en el plazo mencionado
- II.2.
- después de trece días de dictado el Auto de admisión
- II.3.
- APRUEBA