Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0018/2005-ECA
Fecha: 13-Jun-2005
Eduardo Rodríguez Veltzé, Presidente de la Corte Suprema de Justicia
En la solicitud de enmienda, complementación y aclaración, presentada por Eduardo Rodríguez Veltzé, Presidente de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la consulta sobre la constitucionalidad del art. 393 del Código de procedimiento penal (CPP) y del párrafo 5, apartado I del art. 3 de la Ley 2445.
- Eduardo Rodríguez Veltzé, Presidente de la Corte Suprema de Justicia
- I.1.
- I.2.
- I.3.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- sólo es posible interpretar el art. 118.5ª de la CPE a la luz de valores, principios, derechos y garantías constitucionales, y a los nuevos roles encomendados por la Ley Fundamental
- II.2.
- II.3.
- 2. ENMENDAR