Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0593/2005-R
Fecha: 02-Jun-2005
II.3.
II.3. El 18 de agosto de 2004 se conformó el Comité Electoral para las elecciones del Directorio de la Unión Juvenil Cruceñista por la gestión 2004-2006 (fs. 64); emitiéndose la convocatoria respectiva el 20 de agosto de 2004 (fs. 66) y realizándose las elecciones en la Asamblea Ordinaria de 18 de septiembre de 2004, declarándose ganador de las mismas a Jorge Hollweg Mercado (fs. 67 a 69).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.2.
- APROBAR