SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0593/2005-R
Fecha: 02-Jun-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución de 21 de octubre de 2004, cursante de fs. 93 vta. a 94, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Luis Fernando Camacho Vaca contra Eduardo Zurita Zambrana, Jorge Hollweg Mercado, Ulises Casanova Suárez, miembros del Directorio, Erick Fernández Vargas y Jorge Hollweg Arano, Presidente y miembro respectivamente del Tribunal de Honor, todos de la Unión Juvenil Cruceñista; denunciando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y a la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.2.
- APROBAR