Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0609/2005-R
Fecha: 03-Jun-2005
II.3.
II.3. Mediante RTA 99/96, de 28 de junio (fs. 7), a petición de la fundación AGROCAPITAL, se dispuso la exención del impuesto a la propiedad de bienes inmuebles y vehículos automotores de esa Fundación, en aplicación del art. 49 inc. b) de la Ley 1606 de 22 de diciembre de 1994, concordante con la OM 1714/95 en sus arts. 3 inc. b) y Títulos III y 6º, como institución sin fines de lucro.