Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0609/2005-R
Fecha: 03-Jun-2005
II.6.
II.6. La OM 3056/2003, de 7 de agosto emitida por el Concejo Municipal (fs. 8 a 9), a petición del ente interesado que adjuntó documentación que acredita la modificación de sus estatutos y la papeleta de la gestión 2001, dispuso la exención del pago de impuestos a la propiedad de bienes inmuebles de la fundación AGROCAPITAL, en aplicación del art. 53 inc. b) de la Ley 1606, por ser una institución sin fines de lucro.