Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0627/2005-R
Fecha: 07-Jun-2005
II.4.
II.4. Por contrato de trabajo de 2 de enero de 2004, suscrito por el Comandante de la Unidad Educativa “Héroes del Chaco” y el Comandante de Institutos Militares del Ejército se contrató los servicios de la recurrente para desempeñar el cargo de Directora del Nivel Primario de la citada Unidad (fs. 292 a 293).