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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0627/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0627/2005-R

    Fecha: 07-Jun-2005

    II.6.

    II.6.  Por memorial de 24 de agosto de 2004, dirigido al Comandante de la Unidad Educativa del Ejército, la recurrente solicitó a dicha autoridad se deje sin efecto la decisión de suspenderla de su condición de Directora del Nivel Primario de la mencionada Unidad Educativa, o en su caso, se emita la respectiva comunicación escrita con “basamento”, por el que dicha autoridad  toma esa determinación (fs. 8).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad  recurrida y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • APROBAR

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