Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0637/2005-R
Fecha: 13-Jun-2005
II.5.
II.5. Según afirma el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal corecurrido la audiencia de medidas cautelares se verificó el 5 de mayo, actuado donde dispuso la detención preventiva de Mario Balcazar Ponce, Marco Antonio Ribera Soruco, Oscar Menacho Vargas y Roger Algarañaz Menacho, al concurrir los requisitos del art. 233.1 y 2 y 235.2 del CPP. Resolución impugnada por el representado de la recurrente que a la fecha se encuentra en trámite (fs. 11 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- b)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- 1)
- III.1.
- eficaces y oportunos
- sin demora
- Fragmento 16
- III.2. Medios de defensa eficaces contra actos lesivos a la libertad en la etapa preparatoria
- idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados, en el que el tribunal superior tiene la oportunidad de corregir, en su caso, los errores del inferior invocados en el recurso.
- III.3. En el caso en análisis
- APROBAR