SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0690/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0690/2005-R

Fecha: 21-Jun-2005

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela a los derechos de su mandante a la defensa y la garantía del debido proceso consagrados en el art. 16.II y IV de la CPE, denunciando que han sido vulnerados por las autoridades recurridas, puesto que dentro del proceso coactivo civil seguido en contra de su representado por el Banco de Crédito de Bolivia S.A., el Juez del proceso emitió Auto de 26 de febrero de 2003, rechazando las excepciones opuestas por el coactivado, por lo que interpusieron recurso de apelación contra dicha Resolución y contra la Sentencia coactiva de 10 de octubre de 2003, apelación que fue resuelta por los vocales de la Sala Civil Primera por Auto de Vista 214/2004, de 24 de julio, confirmando el Auto impugnado, sin que se hubiesen pronunciado sobre todos y cada uno de los puntos apelados, vulnerando lo dispuesto por el art. 236 del CPC. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del mandante del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.