SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0701/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0701/2005-R

Fecha: 22-Jun-2005

II.3.

II.3. El 28 de septiembre de 2004, el proceso remitido en apelación se radicó ante el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial -ahora recurrido- (fs. 82 vta.); quien dictó la Resolución de apelación de 5 de octubre de 2004, anulando obrados, disponiendo se admita la demanda conforme a procedimiento y se de intervención al Ministerio Público, con el fundamento de que al estar dirigida la demanda del proceso interdicto de recobrar la posesión contra una institución del Estado -Dirección Distrital del Registro, Control y Administración de Bienes Incautados- correspondía haberse dado intervención al Ministerio Público, conforme establece el art. 127 del CPC, consiguientemente, al no darse cumplimiento a la norma procesal antes citada, el proceso se desarrolló con vicios de nulidad, correspondiendo la nulidad de obrados (fs. 83); Resolución que fue notificada al ahora recurrente el 19 de octubre de 2004 (fs. 84).