SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0707/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0707/2005-R

Fecha: 22-Jun-2005

II.5.

II.5.  Por memorial de 26 de septiembre de 2002, Cándido Mendoza Carrillo    - hoy recurrente -, en su condición de hijo de Aurora Carrillo Cortez, se apersonó ante el Juez de la causa interponiendo tercería de dominio excluyente  sobre el 50% del inmueble ofrecido en garantía (fs. 137), y por Resolución de 4 de noviembre de 2002, se declaró improbada dicha tercería, disponiendo proseguir con la ejecución de la sentencia (fs. 142 vta.), Auto contra el cual apeló el hoy actor, aunque si bien consta que se concedió el recurso,  se declaró ejecutoriada la Resolución impugnada mediante Auto de 21 de enero de 2003 por no haber provisto los recaudos de ley el apelante (fs. 147 vta.), Auto del que Cándido Mendoza Carrillo  solicitó su reposición a través del memorial presentado el 4 de febrero de 2003 (fs. 149).