SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0707/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0707/2005-R

Fecha: 22-Jun-2005

III.3.

III.3. En el caso que se examina, de la revisión de los antecedentes que informan al caso, se constata que el actor no ha acreditado que su representado, haya sido declarado heredero al fallecimiento de Aurora Carrillo Cortez, por cuanto no adjuntó la correspondiente declaratoria de herederos y por lo mismo, en el marco de los citadas normas legales de su mandante, no está facultado para representar los intereses de su progenitora ni para efectuar reclamos a nombre suyo, más aún si existen otros herederos; por consiguiente, el el Poder conferente del recurrente no ostenta legitimación activa para interponer el presente recurso, condición que según la jurisprudencia constitucional, corresponde al directamente afectado que acredita interés en el asunto y en quien recaen las consecuencias jurídicas de la resolución o acto de la autoridad que se impugna.