SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0742/2005-R
Fecha: 30-Jun-2005
II.4.
II.4. En mérito a la SC 646/2003-R, el Juez recurrido, el 23 de mayo de 2003 suspendió la ejecución forzosa del Laudo, hasta que el recurso sea resuelto, disponiendo el envío del expediente al Juez de Partido Primero en lo Civil y Comercial (fs. 85 vta. y 89), quien se allanó a la recusación del Banco y remitió el proceso al Juez de Partido Segundo en lo Civil (fs. 93 a 94), el cual resolvió el recurso de anulación mediante Resolución de Vista de 27 de septiembre de 2003 (fs. 100 y vta.), declarando sin lugar a la anulación del Laudo Arbitral de 9 de septiembre de 2002. Asimismo, a petición de Tecnología y Diseño S.R.L., por Auto de 22 de septiembre de 2003, dispuso la devolución de actuados al Juez recurrido, en razón a que éste se encontraba tramitando el auxilio judicial (fs. 96 y 97).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR