Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2005
Fecha: 07-Jul-2005
II.2.
II.2. Por memorial de 27 de octubre de 2004 (fs. 46-48), la recurrente interpuso recurso de revocatoria, que fue resuelto por RA 039/2004 de 22 de diciembre (fs. 58-59), que confirmó la RA 035/2004. Por memorial de 30 de diciembre de 2004 (fs. 129-133), interpuso recurso jerárquico contra la Resolución 039/2004.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- El recurso y el expediente deberán ser elevados al Alcalde Municipal de La Paz en el plazo de días hábiles de haberse interpuesto”
- su facultad se limita a remitir el recurso y sus antecedentes en el plazo de tres días a la autoridad superior
- III.3.