Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0751/2005-R
Fecha: 05-Jul-2005
II.2.
II.2. El 11 de noviembre de 1998, los recurrentes Félix Peña Zurita y Enrique Silvano Lozano Narvaez, prestaron su declaración indagatoria señalando como domicilio real la Av. 9 de abril 1210 y la calle Manchay Puito 69 respectivamente (fs. 19-20), quienes por Auto de 11 de noviembre de 1998 fueron detenidos preventivamente (fs. 21).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- a la forma