SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0751/2005-R
Fecha: 05-Jul-2005
III.1.
III.1. A efectos de resolver la problemática planteada, en primer término es menester recordar que el delito de giro de cheque previsto y sancionado por el art. 204 del CP -modificado por Ley 1768, de 10 de marzo de 1997-, era un delito de acción penal pública, razón por la cual el proceso penal estaba compuesto por una fase sumarial o de instrucción y de debates o juicio, empero como consecuencia de la aplicación anticipada del art. 20 del CPP ese delito se convirtió en uno de acción privada, lo que determinó que las causas que se encontraban rigiéndose por el Código de procedimiento penal de 1972, proseguían, previa regularización a las normas establecidas para los procesos a citación directa en los arts. 261 a 264 del CPP.1972; consecuentemente, teniendo en cuenta que el caso de autos, se inició el 28 de julio de 1998, con la querella presentada por Nancy Valenzuela de Panozo contra los recurrentes, las normas aplicables son las contenidas en las disposiciones legales señaladas.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- a la forma