SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0761/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0761/2005-R

Fecha: 05-Jul-2005

1)

El recurrente ratificó su demanda y la amplió expresando que: 1) contra la demanda de reconocimiento de unión libre o de hecho, opuso excepciones de incompetencia y litispendencia, así como  solicitó declinatoria, ante lo cual la Jueza declinó competencia; 2) remitido el asunto al Juez del proceso de divorcio,  éste “cometió un crimen” (sic.), ya que indujo a error a la Jueza y desconoció su propia competencia, devolviéndole antecedentes, lo que constituye prevaricato; 3) la Jueza asumió conocimiento y prosiguió la tramitación de una demanda ilegal; 4) la co recurrida Emiliana Veizaga Galindo no puede iniciar una demanda por relación conyugal de hecho cuando ya existe una de divorcio. En la dúplica, añadió que la Jueza está usurpando funciones  que no le competen, debiendo aplicarse el art. 31 de la CPE.