Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0795/2005-R
Fecha: 18-Jul-2005
II.2.
II.2. Mediante memorando 052/04, de 9 de febrero, el Secretario de Conflictos y el Secretario de Régimen Interno del Sindicato San Cristóbal, comunicaron al Jefe y al Sub Jefe del Grupo 5 de diciembre, que el recurrente quedaba suspendido de forma indefinida, por no cumplir su compromiso con el Secretario General del Sindicato (fs. 5).