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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0795/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0795/2005-R

    Fecha: 18-Jul-2005

    improcedente

    Consiguientemente, el Juez de amparo al haber declarado improcedente el recurso en aplicación del principio de subsidiariedad respecto a la vulneración de los derechos denunciados como vulnerados, más no en cuanto se refiere al derecho de petición, realizó en parte una correcta aplicación de las normas previstas por el art. 19 de la CPE.  

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • II.2.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • (fs. 14)
    • III.3.
    • III.4.
    • improcedente

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