SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0889/2005-R
Fecha: 03-Ago-2005
II.4.
II.4. Contra la Resolución Prefectural antedicha, la actora planteó recurso jerárquico (fs. 9 y 10 vta.), que mereció la RA SSC/IRJ/132/2004, de 1 de noviembre de 2004 (fs. 11 a 15), por la que el Superintendente General del Servicio Civil revocó la Resolución Prefectural 148/2004, de 9 de julio y el memorando 131/2004, de 23 de junio, y dispuso que la autoridad recurrida remita a esa instancia la información requerida por nota de 28 de mayo para que se determine a través de resolución administrativa expresa, la convalidación o no del proceso de selección por convocatoria interna en la que participó la recurrente para acceder al cargo de Auditor Interno de la Prefectura, así como su incorporación o no a la carrera administrativa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el amparo constitucional no es la vía para hacer cumplir las sentencias o fallos judiciales ni las resoluciones administrativas firmes;
- III.2.
- III.3.
- III.4. Únicamente para aclarar
- improcedencia
- APRUEBA