Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0893/2005-R
Fecha: 04-Ago-2005
II.5
II.5. Mediante memorando de 29 de octubre de 2004, la Dirección General de Desarrollo Territorial notificó a Eduardo Abudinen y/o Julián Vargas para que en el termino de setenta y dos horas a partir de esa fecha presenten el informe técnico del proyecto de construcción aprobado (fs. 31). Según el acta firmado por el Fiscal Raúl Roca Arteaga, el mismo día (29 de octubre) se decomisaron herramientas de trabajo, como ser: carretillas, picotas, palas, cavadoras, etc. (fs. 33).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- (fs. 39).
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la determinación de paralización de obras
- III.3. Sobre el cierre con candado de la puerta de ingreso al predio
- APRUEBA