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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0894/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0894/2005-R

    Fecha: 04-Ago-2005

    REVOCA

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III, 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos en revisión REVOCA la Sentencia de 18 de febrero de 2005, cursante de fs. 41 a 42 de obrados, pronunciada por los vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba y declara IMPROCEDENTE el recurso planteado por el recurrente de fs. 33 a 36.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • procedente
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Criterios para la protección del hábes corpus
    • sumario, pronto y efectivo,
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • idóneo e inmediato que el representado del recurrente no utilizó
    • REVOCA

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