SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0940/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0940/2005-R

Fecha: 12-Ago-2005

III.6.

 III.6.Con referencia a la presunta lesión al derecho a la defensa de la recurrente, reconocido de modo explícito en el art. 16.II del CPE, al señalar que “el derecho a la defensa en juicio es inviolable", es menester señalar que este Tribunal Constitucional mediante la SC 550/2003-R, de 29 de abril señala que: “desde el punto de vista teleológico ha sido creado para poner de relieve esta garantía fundamental, que debe ser interpretada siempre conforme al principio de la favorabilidad, antes que restrictivamente”, y que, “de un entendimiento lógico y ontológico del mismo, la defensa responde a la acusación, por lo que en ese sentido, el derecho a la defensa sólo está reconocido al denunciado o procesado, pero no así al denunciante(SC 489/2003-R de 15 de abril). En ese sentido, el alegato de una presunta lesión al derecho a la defensa por la demandante es impropia, por lo que no hace mérito a su consideración, lo mismo que, respecto a las presuntas lesiones a los arts. 228 y 229 de la CPE, los cuales establecen cláusulas de jerarquía normativa dentro del plexo normativo de la República e inalterabilidad de los principios, derechos y garantías establecidos en la Constitución por las leyes que regulan su ejercicio; es decir, que afecten al núcleo esencial de dichos principios, derechos o garantías.