Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0952/2005-R
Fecha: 15-Ago-2005
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7 de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, resuelve APROBAR la Resolución 397, de 30 de diciembre de 2004, cursante de fs. 208 a 210, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca y por consiguiente DENIEGA el amparo solicitado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- I.2.4. Resolución
- .3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a)
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- (fs. 620-624 doc. com.),
- (fs. 625 doc. com.),
- II.9.
- III.1.
- Fragmento 20
- III.2.
- APROBAR