SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0968/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0968/2005-R

Fecha: 18-Ago-2005

II.2.

II.2.     El 10 de diciembre de 1999, el Juez Segundo de Partido en lo Civil de Oruro, dictó Auto intimatorio de pago por el monto adeudado más intereses legales, ordenando se expida mandamiento de embargo contra los bienes del deudor y se lo cite mediante despacho instruido, encomendando su ejecución a cualquier autoridad no impedida de la ciudad de Santa Cruz (fs. 5 vta.). Mandamiento librado el 15 de diciembre de 1999 y ejecutado en la misma fecha respecto de un bien inmueble (fs. 7-8).