SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1009/2005-R
Fecha: 29-Ago-2005
II.3.
II.3. En la misma fecha 8 de junio, a horas 15:15, el recurrente presentó al Juez recurrido un memorial refiriendo que la audiencia de remate señalada para ese día no podía llevarse a cabo en una dirección diferente a la señalada en las publicaciones, situación que el Notario no entendió y pretendió llevar adelante la audiencia de remate, a lo que él se opuso, por lo que el Notario de manera unilateral y sin tener competencia, suspendió la audiencia de remate por veinticuatro horas, señalando que se llevaría a cabo al día siguiente 9 de junio de horas 10:00 a.m., resultando sus actos nulos de pleno derecho, por lo que pidió que ordene al Notario la devolución del expediente al Juzgado para continuar con el trámite que legalmente corresponda (fs. 7). El Juez recurrido decretó que informe el martillero al respecto, debiendo estarse por lo demás, al proveído de la fecha (fs. 7 vta.).