SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0873/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0873/2006-R

Fecha: 04-Sep-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 7 de diciembre de 2005 (fs. 3 a 4 vta.), el recurrente asevera que su representada es propietaria del establecimiento que tiene la razón social el “Cisne Blanco” ubicado en la calle “Tte. León y Cap. Ustarez” de la zona norte de la ciudad de Oruro, contando con el padrón municipal 1-3178168 cumpliendo con todas las reglamentaciones emitidas por la Alcaldía Municipal de Oruro; cuya antigüedad de funcionamiento dataría de hace 40 años aproximadamente, sin embargo de ello y pese a estar cumplimiento con las obligaciones tributarias correspondientes y no obstante, que se han venido realizando gestiones en la comuna orureña con el propósito de cambio de actividad de bar quinta a discoteca, fue objeto de clausura definitiva.

Señala, que ante la clausura acontecida, su representada habría hecho gestiones ante la comuna para lograr la suspensión de la clausura y, que toda gestión hubiera resultado infructuosa, habiendo agotado todas las instancias correspondientes ante el órgano administrativo, porque con la clausura del local el “Cisne Blanco”, no se le notificó con ninguna resolución para formular algún recurso administrativo conforme establece la Ley de Municipalidades; sin embargo, ante una serie de suplicas para que se deje sin efecto la referida clausura como el cambio de actividad, no recibió respuesta alguna, por lo que interpone el presente recurso.