Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0873/2006-R
Fecha: 04-Sep-2005
II.5.
II.5. Por OM 41/05, de 19 de agosto de 2005, el Concejo Municipal de Oruro, ordenó disponer el traslado de todos los locales de expendio de bebidas alcohólicas que se encuentren afectados por los arts. 10 incs. f) y c) y 12 inc. c) de la OM 13/05, otorgando el plazo de 365 días calendario a partir de la promulgación de la Ordenanza Municipal, para el traslado de los referidos locales públicos (fs. 50 a 51).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- III.3.
- no se evidencia que el recurrente o su representada hubiesen interpuesto reclamo alguno, con el objetivo de que se revierta la medida
- III.4.
- improcedencia
- APRUEBA