Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0873/2006-R
Fecha: 04-Sep-2005
II.7.
II.7. Por Resolución Municipal 647 de 29 de septiembre de 2005, se determinó la clausura definitiva de locales de alto riesgo, entre ellos el de Genoveva Flores -ahora representada por el recurrente- denominado el “Cisne Blanco”, por cuanto, de acuerdo al art. 37 de la OM 13/05, el local fue declarado clandestino y se sancionó con el cierre definitivo, por la concentración de locales calificados de alto riesgo (fs. 22 y 28 a 32).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- III.3.
- no se evidencia que el recurrente o su representada hubiesen interpuesto reclamo alguno, con el objetivo de que se revierta la medida
- III.4.
- improcedencia
- APRUEBA