SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1049/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1049/2005-R

Fecha: 05-Sep-2005

procedente

La Resolución cursante de fs. 51 a 53 vta., pronunciada el 14 de febrero de 2005, por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró procedente el recurso, disponiendo la reincorporación del recurrente con todos los derechos inherentes a la seguridad social; con el fundamento de que, al igual que se otorga protección a la mujer embarazada, debe protegerse también  con la inmediatez que implica la vida y la salud del recurrente, por cuanto fue despedido de su fuente laboral cuando  gozaba de baja médica, lo que vulnera los arts. 209 del CSS y 160 de su Reglamento, más aún, teniendo en cuenta que el seguro cesa después de dos meses  del despido; y, que la carencia de legitimación pasiva a la que hace alusión el recurrido no es atendible, toda vez que la demanda de amparo no es personal, sino a la empresa que representa.