SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2005-R

Fecha: 05-Sep-2005

el imputado ha quedado en completo estado de indefensión por  desconocimiento absoluto del proceso penal en su contra,

         El  recurrente no puede alegar indefensión,  cuando ha tenido conocimiento del proceso en su contra y ha sido abandonado por su propia voluntad aún en los casos en los que  por rebeldía se le hubiera designado abogado defensor de oficio y éste hubiera sido negligente en su defensa, pues como señala la referida jurisprudencia,  el hábeas corpus  sólo se activa en protección de un proceso indebido cuando el imputado ha quedado en completo estado de indefensión por  desconocimiento absoluto del proceso penal en su contra,  y  cuando  por ese motivo no pudo hacer uso oportuno de los medios de defensa que la ley le confiere, lo que no ocurre en autos, en el que  el recurrente hizo abandono de su defensa por propia decisión. Por consiguiente en el sentido de lo previsto por el art. 16.IV de la CPE, no puede  acudir a éste recurso alegando que no ha sido juzgado en proceso legal que se ha vulnerado su derecho a la defensa y la garantía del debido proceso extremos que pudo evitar con su participación, pues nada  le impidió para asumir su defensa dentro del proceso  haciendo uso de los recursos  que la ley a previsto en igualdad de condiciones a las partes en proceso.