SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
procedente en parte
La Resolución 005/2005 dictada por el Juez Primero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, cursante de fs. 55 a 59, declaró procedente en parte el recurso disponiendo la nulidad de obrados hasta fs. 276 vta. inclusive y hasta que se realice nueva notificación con la Sentencia 122/2003, de 1 de agosto al Defensor de Oficio, sin disponer la libertad del recurrente de acuerdo a los siguientes fundamentos: a) que el recurrente durante la fase del sumario tuvo conocimiento pleno del proceso, toda vez que incluso solicitó la cesación de su detención preventiva la que le fue concedida previa presentación de fianza y que dejó de concurrir de manera maliciosa con fines de dilatar el proceso y ocasionar gastos a la víctima tales como edictos comparendos y otros; b) durante el plenario se volvió a producir el trámite de contumacia que culminó con su declaratoria de rebeldía, por lo que se le designó defensor de oficio a Guido Rocha que estuvo presente en las audiencias y que se consignó por error el nombre de Guido Poma; c) dictada la Sentencia no se notificó personalmente al Defensor de Oficio, lo que dio lugar a la ejecutoria de dicha sentencia toda vez que el Defensor de Oficio no pudo recurrir, dejando en estado de indefensión al recurrente; d) la ejecutoria dispuesta, así como el mandamiento de condena emergen de un procesamiento indebido que ha vulnerado el derecho a la defensa del recurrente no obstante su situación de rebelde y contumaz a la ley.
- recurso de hábeas corpus
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente en parte
- II.3.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- desnaturalizando la actuación de los jueces y tribunales ordinarios, que son los que tienen competencia, primariamente, para ejercer el control del proceso, y sólo si la infracción no es reparada se abre la tutela constitucional”
- III.2.
- el imputado ha quedado en completo estado de indefensión por desconocimiento absoluto del proceso penal en su contra,
- estado de indefensión absoluta
- REVOCA