Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
REVOCA
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión REVOCA la Resolución 005/2005 cursante de fs. 55 a 59, pronunciada el 18 de febrero, por el Juez Primero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, y declara IMPROCEDENTE el recurso.
- recurso de hábeas corpus
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente en parte
- II.3.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- desnaturalizando la actuación de los jueces y tribunales ordinarios, que son los que tienen competencia, primariamente, para ejercer el control del proceso, y sólo si la infracción no es reparada se abre la tutela constitucional”
- III.2.
- el imputado ha quedado en completo estado de indefensión por desconocimiento absoluto del proceso penal en su contra,
- estado de indefensión absoluta
- REVOCA