Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1076/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
II.3.
II.3. Por los informes de 24 de enero de 2004 y 17 de mayo de 2004 (fs. 52 y 53), se evidencia que en dos oportunidades funcionarios de la Policía Nacional pretendieron desapoderar a la hoy recurrente, en cumplimiento de la orden judicial citada en el numeral precedente, sin que ello haya sido posible en el primer caso por la resistencia violenta que existió y en el segundo porque luego de haber desalojado pacíficamente a los ocupantes del bien, los dos policías que quedaron en custodia fueron rebasados y echados con violencia del lugar, logrando ingresar nuevamente la actora y su familia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- limitándose a señalar como violado el art. 7 CPE en general, sin tomar en cuenta que en él se encuentran incluidos una serie de derechos fundamentales
- Fragmento 12
- III.2.
- la restitución del bien despojado, bajo apercibimiento de lanzamiento,
- III.3.
- APRUEBA