Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1076/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
improcedente
La Resolución cursante de fs. 64 a 65 vta. pronunciada el 18 de febrero de 2005 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara improcedente el recurso con costas y multa de Bs50.-, bajo estos fundamentos: 1) la Sentencia de 18 de marzo de 2003 está ejecutoriada y en virtud de ella se libró mandamiento de desapoderamiento, sin que sea necesario librar otro, sino que debe darse cumplimiento a aquel, lo que no significa modificar la Sentencia; 2) el juicio posesorio ha concluido y le queda a la demandada el derecho de plantear el proceso ordinario que crea conveniente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- limitándose a señalar como violado el art. 7 CPE en general, sin tomar en cuenta que en él se encuentran incluidos una serie de derechos fundamentales
- Fragmento 12
- III.2.
- la restitución del bien despojado, bajo apercibimiento de lanzamiento,
- III.3.
- APRUEBA