SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1083/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
II.2.
II.2. El 16 de febrero de 2005 la Fiscal recurrida presentó acusación contra la recurrente y otro por la comisión del delito de robo agravado dentro del caso “Internet” (fs. 1 a 3 vta.); efectuándose sorteo y emitiendo el Tribunal Segundo de Sentencia de Cochabamba providencia de 17 de febrero de 2005, señalando que previo a disponer lo que fuere de ley, la Fiscal detalle la prueba documental en lo referente a la cantidad de fojas y los extremos a probar (fs. 4 vta.); posteriormente por providencia de 17 de marzo de 2005, el mismo Tribunal de Sentencia dispuso que al haber hecho caso omiso la Fiscal del anterior decreto se la conminaba a dar cumplimiento a la orden emitida en el plazo de cuarenta y ocho horas bajo alternativa de informarse al Fiscal de Distrito por el perjuicio ocasionado en la tramitación de la causa (fs. 6).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- Fragmento 12
- necesariamente el acto considerado ilegal debe tener como consecuencia el desconocimiento de la garantía del debido proceso, el mismo que da origen o causa la supresión o restricción de la libertad física o derecho de locomoción
- III.2.
- APROBAR