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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1094/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1094/2005-R

    Fecha: 12-Sep-2005

    APRUEBA

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC en revisión APRUEBA la Resolución 02/2005, de 28 de febrero, cursante de fs. 45 a 46, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí; sin costas ni multa por ser excusable.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.4. Autoridades  recurridas y petitorio
    • a)
    • II.1.
    • II.2.
    • (fs. 8-9)
    • 1)
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia,
    • y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso,
    • III.2.
    • Fragmento 13
    • “III.1.1. Exponer  con  precisión y claridad  los  hechos  que   le  sirvan  de fundamento (art. 97.III de la LTC)
    • la causa de pedir”
    • III.3.
    • no explica ni fundamenta de manera clara, coherente y precisa por qué la Resolución impugnada resulta arbitraria y en qué medida y de qué forma las autoridades recurridas a través de ella, han violado su derecho a la presunción de inocencia,
    • APRUEBA

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