SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1094/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1094/2005-R

Fecha: 12-Sep-2005

no explica ni fundamenta de manera clara, coherente y precisa por qué la Resolución impugnada resulta arbitraria y en qué medida y de qué forma las autoridades recurridas a través de ella, han violado su derecho a la presunción de inocencia,

En definitiva, el actor en el caso de autos, no explica ni fundamenta de manera clara, coherente y precisa por qué la Resolución impugnada resulta arbitraria y en qué medida y de qué forma las autoridades recurridas a través de ella, han violado su derecho a la presunción de inocencia, pues sólo hace referencia a ese derecho sin especificar la forma en que se habría vulnerado; asimismo, al subsanar los defectos procesales refiere que se “ha quebrantado nuestro ordenamiento legal contemplado en el art. 16 inc .I de la CPE, tomando en cuenta el derecho de defensa de la persona en juicio es inviolable” (sic), referencia que no puede ser considerada como una identificación precisa del derecho vulnerado. En definitiva, el recurrente se limitó a efectuar una breve relación de hechos poco claros, siendo evidente la inobservancia de los requisitos de fondo previsto en el art. 97.III y IV  de la LTC, que de acuerdo a la jurisprudencia glosada, da lugar a su rechazo directo por parte del Tribunal de amparo, ya que no admite subsanación posterior como sucede con los requisitos de forma, y en caso de haber sido admitido pese a esa omisión, como sucede en la especie, determina su improcedencia.